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Juzgado ordena a Gustavo Petro y Rodolfo Hernández asistir a debate presidencial antes de la segunda vuelta presidencial

Melissa Velásquez Loaiza

(CNN Español) — El Tribunal Superior de Bogotá ordenó a los candidatos presidenciales Gustavo Petro y Rodolfo Hernández programar un debate presidencial a más tardar en 48 horas luego de emitido el fallo.

Amparándose en el “derecho fundamental de participar en la conformación del poder político”, el Tribunal Superior le dio la razón a los demandantes, que pedían a la justicia que se requiera “a los candidatos a comparecer, organizar y planificar el o los debates, en un canal nacional televisivo o radial”.

Según el Tribunal, el debate debe ser organizado a más tardar el 16 de junio, a tan solo tres días de la segunda vuelta presidencial, que será el domingo 19 de junio.

En el fallo, el Tribunal cita una resolución del Consejo Nacional Electoral en el que establece que la red de medios públicos tiene a su disposición espacio para los debates entre el 3 y 16 de junio, con una duración de hasta 60 minutos, y que los candidatos deberán solicitar a RTVC este espacio para los debates.

Los demandantes dicen que ambos candidatos se negaron a asistir a debates presidenciales. El primero, Gustavo Petro, se ausentó de algunos debates antes de la primera vuelta el 29 de mayo. Sin embargo, luego retomó su participación en los últimos debates televisados antes de las elecciones.

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Entre tanto, Hernández dijo el 2 de junio que no participaría en debates por considerarlos “dinámicas polarizantes y de odio”. Y ha aparecido únicamente algunas entrevistas con medios de comunicación.

Al conocer el fallo, Petro dijo en tuit que está listo para el debate.

La justicia ha ordenado realizar el debate presidencial entre candidatos. Es el derecho del pueblo. Estoy listo para ello. — Gustavo Petro (@petrogustavo) June 15, 2022

Hernández no se ha pronunciado. CNN se comunicó con su equipo y por el momento no ha recibido respuesta.

El tribunal dijo que si bien los planes de gobierno han estado a disposición de los ciudadanos en las páginas web de los candidatos, “dicho mecanismo de comunicación por sí solo no se considera idóneo ni suficiente, porque no permite acudir a un gran número de electores que no tienen la posibilidad de acceder a internet, o no pueden ni entienden los postulados que se presentan por escrito”.

Los candidatos, ordena el Tribunal Superior de Bogotá, deben solicitar y programar el debate “atendiendo los principios de igualdad e imparcialidad que rigen la actividad electoral”, usando la estructura del sistema nacional de medios de comunicación.

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“Tener un debate presidencial antes de la segunda vuelta es un derecho que tenemos todos como ciudadanos y ciudadanos”, dijo Catalina Sánchez Daniels, una de las demandantes, luego de conocer el fallo.

“El derecho a elegir y ser elegido no se limita a presentar una candidatura sino que va más allá: es que cuando nosotros elegimos, tengamos a la mano la información y los criterios necesarios para hacer una decisión informada y responsable”, agregó.

El fallo podrá ser impugnado por cualquiera de los dos candidatos, explicó Daniels, pero, como es un fallo en primera instancia, los candidatos deberán cumplirlo, es decir, participar en el debate así quieran asistir a una segunda instancia.

Si algún candidato no cumple con el fallo podría incluso ser arrestado y, por desacatar una orden judicial, le podrían abrir un juicio “por fraude a resolución judicial”, según la demandante.

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