Milei propone dos nuevos jueces para la Corte Suprema, pero ¿cuál es el camino antes de ser confirmados?
Joaquin Doria
(CNN Español) –– Javier Milei propuso este miércoles a Manuel García-Mansilla y al juez Ariel Lijo para integrar la Corte Suprema de Justicia. Pero ¿cuál es el proceso de confirmación antes de ocupar el cargo?
La Constitución de Argentina establece que la Corte Suprema la deben integrar cinco magistrados. Sin embargo, desde 2021, por la renuncia de la jueza Elena Highton de Nolasco, se ha mantenido un puesto vacante.
Milei anuncia a sus candidatos para cubrir dos vacantes en la Corte Suprema de Argentina
El Gobierno de Milei emitió un comunicado en el que anunció la designación del juez federal Ariel Lijo como candidato para suceder a la magistrada.
Sin embargo, el mandatario no se detuvo allí. Informó que en las próximas horas se publicará una modificación al decreto 222/2003, por lo que también propuso a Manuel García-Mansilla para suceder a Juan Carlos Maqueda, quien “cumple 75 años el próximo 29 de diciembre y deberá en esa fecha dejar su cargo, como establece la ley”, se lee en el comunicado. Un portavoz de la Corte Suprema informó a CNN que Maqueda no solicitó ni solicitará la extensión de hasta cinco años en su puesto, como también está previsto en la legislación. Eso dejaría despejado el camino al Ejecutivo para avanzar con su reemplazo.
La iniciativa de la Casa Rosada debe ahora reflejarse en el Boletín Oficial y restan una serie de pasos antes de que los candidatos sean confirmados en sus cargos.
¿Cómo se elige a un juez de la Corte Suprema en Argentina?
La Constitución Nacional establece que es atribución del Poder Ejecutivo nombrar a los miembros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Sin embargo, no es una facultad que le corresponda en soledad, ya que se necesita el acuerdo de dos tercios del Senado.
Antes de que las propuestas lleguen al Congreso, se deben seguir una serie de pasos enumerados en el decreto 222/2003, que reglamenta la preselección de candidatos para la Corte Suprema.
La norma expresa que el presidente, una vez producida la vacante en la Corte, tiene la facultad de proponer a un reemplazo. Este es el caso del juez Ariel Lijo, quien fue propuesto para ocupar el lugar de Elena Highton de Nolasco.
El caso del juez Maqueda es diferente. En este escenario, se habla de una vacancia que aún no ocurre, y que se producirá, en teoría, en diciembre de este año. Para poder oficializar la nominación de Manuel García Mansilla, el gobierno debe modificar el decreto 222/2003.
“El gobierno va a modificar este decreto y va a estipular que no hace falta que se produzca una vacante cuando, como en el caso del juez Maqueda, se va a producir con fecha cierta. De esta manera, lo que hace es adelantar el procedimiento”, explica el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez.
Una vez propuestos los candidatos, el gobierno debe seguir un largo procedimiento antes de poder elevar las nominaciones al Senado. En primer término, se deben publicar los antecedentes curriculares de los candidatos para cubrir la vacancia.
Gil Dominguez explica que “se pasa por un período de adiciones e impugnaciones, y después se elevan los pliegos al Senado para su tratamiento”.
Esas adiciones e impugnaciones incluyen la publicación del listado de asociaciones civiles y sociedades comerciales que los aspirantes hayan integrado, los estudios de abogados en los que hayan trabajado y sus clientes o contrataciones de los últimos ocho años, siempre dentro de lo permitido por las normas de ética profesional.
En síntesis, se debe informar cualquier tipo de compromiso y de sus familiares cercanos para evitar así conflictos de interés.
En paralelo, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) elaborará un informe sobre “la situación patrimonial y el cumplimiento de las obligaciones impositivas y previsionales de las personas eventualmente propuestas”, que solo estará a disposición del Ejecutivo.
En los 15 días posteriores a la última publicación del Boletín Oficial al respecto, cualquier ciudadano u organización puede expresarse sobre las personas propuestas ante el Ministerio de Justicia de la Nación. Una vez terminado ese plazo, el presidente evaluará todas las consideraciones y definirá si eleva o no la nominación a la Cámara Alta.
“El Senado no tiene un plazo para expedirse, y si las nominaciones son rechazadas, no son designados los jueces”, aclara Gil Dominguez. En ese escenario, el Ejecutivo tendría que proponer nuevos nombres.
El comunicado emitido por el gobierno especifica que el juez Maqueda deberá dejar sus funciones al momento de cumplir 75 años, algo que está establecido en la Constitución Nacional y se aplica a todo juez federal o de la Corte Suprema.
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